LA ESCRITURA ROMANA
El alfabeto romano (latino), fue derivado del griego lo tomaron a través de las provincias italianas del imperio romano, este alfabeto contenia 21 letras, y solo se utilizanban las letras que hoy consideramos mayusculas; no se utilizaban algunos signos de puntuación como la coma y el punto, signos de interrogación o inclusive el espacio entre las palabras, eso se fue desarrollando después.
Se escribia con tachuela en placas de bronce o se pintaba sobre papel vegetal ( lo que conocemos como pergamino). Un dato curioso es que la palabra “escritura” en latin scriptura era como se le llamaba a la marca del ganado.
LITERATURA ROMANA
La literatura romana se da en dos lenguas: latin y griego; en el caso del latin se divide en dos partes:
- indígena (ha dejado muy pocos vestigios y sólo nos ofrece fragmentos, que proceden del origen de Roma y ensayos de arcaísmos que proceden fundamentalmente de tiempos de la república, de los emperadores y principalmente de los antonimos)
- imitada (ha producido composiciones en que la inspiración individual se junta a la imitación más feliz, obras numerosas y elegidas que nos han llegado enteras. A veces se ha solido confundir las obras de origen italiano, producciones más toscas del genio agrícola o religioso de los primitivos romanos , con las copias latinas de las obras maestras de Grecia, que ofrecen un encanto, una elegancia y una suavidad correspondientes a una civilización culta y refinada.)
En la literatura romana en griego resaltan cuatro historiadores:
- Polibio (200 a. C. – 118 a. C.) y su Historia General
- Dionisio de Halimacasto (fallecido hacia el 7 a. C.) y sus Antigüedades romanas.
- Apiano (mediados del siglo II).
- Plutarco (ca. 46 – ca. 120) y sus Vidas paralelas.
LAS LEYES ROMANAS
La legislación romana se encuentra dividida en 15 titulos que son:
- Ius, Lex y Jus consuetudinis
- Ius commune y Ius singularis
- Ius civile y Ius gentium
- Ciudadanía romana
- Cives y non cives
- Derechos civiles
- Derechos políticos
- De la estimación civil
- Sui iuris y alieni iuris
- Propietario y poseedor
- Dominio
- Servidumbres
- Procedimiento civil romano
- Procedimiento in iure en el juicio ordinario
- Algunas Acciones romanas
Algunas de las leyes mas importantes de roma son las siguientes:
- Leges regiae.-Reglas de derecho sacro e instituciones de la vida patriarcal [84]
- Lex Valeria Horatia.-Con esta ley comienza la asimilación de las leges a los plebiscita, ya que las leyes del pueblo romano se distinguieron hasta mediados del siglo V de Roma en leges y plebiscita
- Ius Paparianum.-Colección de ritos sacros tomados de los commentarii pontificum y de algunas leyes dictadas en número restringido, como refiere Pomponio en el Dig., Quae omnes leges regiae conscriptae extant in libro Sexti Papirii, qui fuit illis temporibus, quibus Superbus Demarathi Corinthii filius, ex principatibus viris. Is liber, ut diximus appellabatur “ius civile Papirianum”, non quia Papirius de suo quicquam ibi adiecit, sed quod leges, sine ordine latas in unum composuit
- Leyes de las Doce Tablas.-Es la mas importante de las leyes del pueblo romano y contiene toda la ciencia legal de los antiguos romanos recopilando reglas públicas, criminales, privadas, sacras , procesales y fue la primera a la par que última codificación verdadera y propiamente tal en Roma y con ella patricios y plebeyos tuvieron conciencia de la unidad del Estado, garantía de las comunes franquicias, arca santa del derecho romano, el estatuto fundamental de los romanos, communiter legum latores et ex plebe et ex patribus qui utrisque utilia ferrent quaque aequndae libertatis essent. Destacan como obras dedicadas al estudio de las Doce Tablas las siguientes[85]
- Lex Aquilia.-Reguló la respònsabilidad por los daños culpables extracontractuales y según Bruns es del año 467[86]
- Lex Voconia.-Prohibición de heredar a los ciudadanos de la primera clase del censo y generalmente, nadie podía adquirir por legado más de lo que adquiriese el heredero[87]
- Lex Falcidia.-Establecia la cuarta parte de la herencia para al heredero.
- Lex Silia.-Introdujo un modo especial de accionar conocida con el nombre de legis actio por condictionem.
- Lex Calpurnia.-Extendió los efectos de la ley anterior a todas las acciones personales ex certa re.
- Lex Ovinia.-Esta ley confirió la elección de los senadores a los censores a quienes obligó a incluir en ella a todos los ex-magistrados, salvo a quienes, bajo la fe de su juramento, reputasen indignos de tal cargo
- Lex Iulia municipalis.-Disposiciones relativas a las constituciones de municipios y se halla conservada en una lápida de bronce descubierta en Heraclea y esta dividida en dos fragmentos:
- Uno de los cuales había sido transportado a Inglaterra, aes Britanicum
- Otro se llama aes Napolitanum, por haber quedado en Nápoles y contiene disposiciones relativas a la constitución de un municipio
- Veáse las obras siguinetes[88]
- Plaetoria de circumscriptione adolescentium.-Teniendo los púberes por el derecho romano capacidad para obligarse, este plebiscito del sexto siglo de Roma, dictaba penas contra aquellos que hubiesen engañado a un puber menor de 25 años (el pretor llegó más lejos y concedió a los púberes menores la restitución por entero contra las consecuencias jurídicas perjudiciales que les irrogara la falta de experiencia o de madurez de raciocinio).
- Lex Rubria de Galia Cisalfina.-Organización judicial en las Galias.
- Lex in privos lata.-Pertenecen una excepción al <<ius commune>>, las reglas jurídicas establecidas a favor de determinados individuos por copnsideraciones puramente personales y tales reglas jurídicas fueron llamados por los romanos privilegia y estos privilegios en vez de fundarse sobre una regla valedera para todos o para toda una clase determinada de personas, cosas o relaciones, se fundan en una disposición excepcional a favor de uno o varios individuos determinados (lex in privos lata), sin que se puedan valer de ella otras personas, aun cuando se hallasen en idénticas condiciones que los favorecidos.
- Lex Iulia et Papia Poppea.-Es la ley más importante del pueblo romano despues de las XII Tablas y establece disposiciones relativas al matrimonio y al derecho de sucesión. Tambien es conocida con el nombre Lex Iulia de maritandis ordinibus y fue propuesta por tres veces por Octavio, hasta que fue aceptada a propuesta de los cónsules M.Papio Rutilio y Quinto Poppeo Secuno y concierne a lo siguiente:
- Matrimonio
- Procreación de los hijos
- Derecho de sucesión
- El objeto que esta ley se proponía fue eludida por la circunstancia de los tiempos, más s importancia fue reconocida por los contemporáneos y por los jurisconsultos clásicos, algunos de los cuales escribieron extensos comentarios sobre ella (Terencio Clemente, Julio Mauriciano, Ulpio Marcelo, Gayo, Ulpiano, Paulo,..)
- Autores más modernos que comentaron esta ley[89]
- Algunas importantes de derecho público:
- Leyes Valeria
- Las sacrate
- La Valeria Horacio
- La Licinia Sextia
- Algunas importantes en derecho penal:
- Lex Acilia repetundarum.-Esta ley es notable por la muchas noticias que contiene acerca de la historia del derecho y establece reglas sobre el procedimiento criminal romano[92]
- Algunas leyes que dieron atribución legal a los plebiscitos, son las siguientes:
- Lex Valeria horata
- Lex Publitia
- Lex Hortensia, la cual estableció definitivamente el poder legislativo de los comicios por tribus, en detrimento de los comicios centuriados
- Las fórmulas de estas tres leyes son las siguientes: Ut quod tributim plebs iussisset populum teneret.-Ut plebiscita omnes Quirites tenerent.-Ut quod plebs iussisset omnes quirites teneret y como no difieren mucho entre si, se cree que sirvieron para lo siguiente:
- Establecieron la forma de dar validez a tres diversas especies de plebiscitos
- Otros creen que fueron otros tantos recursos contra las astucias y los pretextos alegados por los patricios para eludir la ley, repitiendo, en forma cada vez más clara , la proclamación del mismo principio (esta opinión es la más aceptable ya que los tres momentos sucesivos coinciden con importantes corrientes de la opinión pública en Roma, es especial el tercer momento que empieza con la última secessio[93]
- Lex Fufia Caninia.-Limitaba de un modo curioso, según Suetonio, el poder de dejar la libertad por testamento, disponiendo que no pudiesen ser manumitidos por acto de última voluntad más que una parte determinadad de los propio esclavos y en conjunto no más de ciento, siendo considerado como nulas las manumisiones que excedían del límite permitido (Lex Fufia Caninia iubet testamento ex tribus servis non plures quam duos manumiti, et usque ad decem dimidiam partem manumittere concedit: a decem usque ad triginta tertiam partem, ut tumen adhuc quinque manumittere liceat aque ut ex priori numero: a triginta usque ad centum quariam partem, aeque ut decem ex superioris numero libertari possint:…, Ulpiano, Reglas. I, 24)
- Para conocer el derecho municipal romano, son leyes de gran importancia las siguientes:
- Lex Agraria.-Rica en enseñanzas acerca de la varia condición jurídica de los terrenos
- Lex Salpensana.-Establece ordenanzas municipales
- Lex Malacitana.-Idem que la anterior
- Lex coloniae genetive Iuliae & Ursonensis
- Para estas leyes veáse las siguientes obras[94]
- Otras Leyes:
- Leyes de Antonio
- Leyes Arvales
- Lex de Ambitu
- Lex Bebia
- Ley de Clodo
- Lex Fabia di Plagio
- Lex Julia Theatral
- Leyes de Livio
- Leyes militares (por ejemplo se podía dar el hecho de que un soldado romano pidiese el cambio de su legión a otra, alegando odio del Tribuno Comandante)[95]
- Lex Opppia
- Lex Optima
- Lex De Nexis
- Ley De Peculado
- Lex Rhodia
- Lex Licia
- Dictata et leges, lecciones y reglas por escrito que el lanista daba para su enseñanza a los gladiadores nuevos, a las que llamaban commentari (Cic., “De Orat.”, III, 23. Dicho de los gladiadores: ¿Para que sirve detenerse en el camino de la sabiduría?; ¿ Por ventura no hemos nacido para seguir siempre adelante?, Id. Ep. 57).
LA ESCRITURA ROMANA
El alfabeto romano (latino), fue derivado del griego lo tomaron a través de las provincias italianas del imperio romano, este alfabeto contenia 21 letras, y solo se utilizanban las letras que hoy consideramos mayusculas; no se utilizaban algunos signos de puntuación como la coma y el punto, signos de interrogación o inclusive el espacio entre las palabras, eso se fue desarrollando después.
Se escribia con tachuela en placas de bronce o se pintaba sobre papel vegetal ( lo que conocemos como pergamino). Un dato curioso es que la palabra “escritura” en latin scriptura era como se le llamaba a la marca del ganado.
LITERATURA ROMANA
La literatura romana se da en dos lenguas: latin y griego; en el caso del latin se divide en dos partes:
- indígena (ha dejado muy pocos vestigios y sólo nos ofrece fragmentos, que proceden del origen de Roma y ensayos de arcaísmos que proceden fundamentalmente de tiempos de la república, de los emperadores y principalmente de los antonimos)
- imitada (ha producido composiciones en que la inspiración individual se junta a la imitación más feliz, obras numerosas y elegidas que nos han llegado enteras. A veces se ha solido confundir las obras de origen italiano, producciones más toscas del genio agrícola o religioso de los primitivos romanos , con las copias latinas de las obras maestras de Grecia, que ofrecen un encanto, una elegancia y una suavidad correspondientes a una civilización culta y refinada.)
En la literatura romana en griego resaltan cuatro historiadores:
- Polibio (200 a. C. – 118 a. C.) y su Historia General
- Dionisio de Halimacasto (fallecido hacia el 7 a. C.) y sus Antigüedades romanas.
- Apiano (mediados del siglo II).
- Plutarco (ca. 46 – ca. 120) y sus Vidas paralelas.
LAS LEYES ROMANAS
La legislación romana se encuentra dividida en 15 titulos que son:
- Ius, Lex y Jus consuetudinis
- Ius commune y Ius singularis
- Ius civile y Ius gentium
- Ciudadanía romana
- Cives y non cives
- Derechos civiles
- Derechos políticos
- De la estimación civil
- Sui iuris y alieni iuris
- Propietario y poseedor
- Dominio
- Servidumbres
- Procedimiento civil romano
- Procedimiento in iure en el juicio ordinario
- Algunas Acciones romanas
Algunas de las leyes mas importantes de roma son las siguientes:
- Leges regiae.-Reglas de derecho sacro e instituciones de la vida patriarcal [84]
- Lex Valeria Horatia.-Con esta ley comienza la asimilación de las leges a los plebiscita, ya que las leyes del pueblo romano se distinguieron hasta mediados del siglo V de Roma en leges y plebiscita
- Ius Paparianum.-Colección de ritos sacros tomados de los commentarii pontificum y de algunas leyes dictadas en número restringido, como refiere Pomponio en el Dig., Quae omnes leges regiae conscriptae extant in libro Sexti Papirii, qui fuit illis temporibus, quibus Superbus Demarathi Corinthii filius, ex principatibus viris. Is liber, ut diximus appellabatur “ius civile Papirianum”, non quia Papirius de suo quicquam ibi adiecit, sed quod leges, sine ordine latas in unum composuit
- Leyes de las Doce Tablas.-Es la mas importante de las leyes del pueblo romano y contiene toda la ciencia legal de los antiguos romanos recopilando reglas públicas, criminales, privadas, sacras , procesales y fue la primera a la par que última codificación verdadera y propiamente tal en Roma y con ella patricios y plebeyos tuvieron conciencia de la unidad del Estado, garantía de las comunes franquicias, arca santa del derecho romano, el estatuto fundamental de los romanos, communiter legum latores et ex plebe et ex patribus qui utrisque utilia ferrent quaque aequndae libertatis essent. Destacan como obras dedicadas al estudio de las Doce Tablas las siguientes[85]
- Lex Aquilia.-Reguló la respònsabilidad por los daños culpables extracontractuales y según Bruns es del año 467[86]
- Lex Voconia.-Prohibición de heredar a los ciudadanos de la primera clase del censo y generalmente, nadie podía adquirir por legado más de lo que adquiriese el heredero[87]
- Lex Falcidia.-Establecia la cuarta parte de la herencia para al heredero.
- Lex Silia.-Introdujo un modo especial de accionar conocida con el nombre de legis actio por condictionem.
- Lex Calpurnia.-Extendió los efectos de la ley anterior a todas las acciones personales ex certa re.
- Lex Ovinia.-Esta ley confirió la elección de los senadores a los censores a quienes obligó a incluir en ella a todos los ex-magistrados, salvo a quienes, bajo la fe de su juramento, reputasen indignos de tal cargo
- Lex Iulia municipalis.-Disposiciones relativas a las constituciones de municipios y se halla conservada en una lápida de bronce descubierta en Heraclea y esta dividida en dos fragmentos:
- Uno de los cuales había sido transportado a Inglaterra, aes Britanicum
- Otro se llama aes Napolitanum, por haber quedado en Nápoles y contiene disposiciones relativas a la constitución de un municipio
- Veáse las obras siguinetes[88]
- Plaetoria de circumscriptione adolescentium.-Teniendo los púberes por el derecho romano capacidad para obligarse, este plebiscito del sexto siglo de Roma, dictaba penas contra aquellos que hubiesen engañado a un puber menor de 25 años (el pretor llegó más lejos y concedió a los púberes menores la restitución por entero contra las consecuencias jurídicas perjudiciales que les irrogara la falta de experiencia o de madurez de raciocinio).
- Lex Rubria de Galia Cisalfina.-Organización judicial en las Galias.
- Lex in privos lata.-Pertenecen una excepción al <<ius commune>>, las reglas jurídicas establecidas a favor de determinados individuos por copnsideraciones puramente personales y tales reglas jurídicas fueron llamados por los romanos privilegia y estos privilegios en vez de fundarse sobre una regla valedera para todos o para toda una clase determinada de personas, cosas o relaciones, se fundan en una disposición excepcional a favor de uno o varios individuos determinados (lex in privos lata), sin que se puedan valer de ella otras personas, aun cuando se hallasen en idénticas condiciones que los favorecidos.
- Lex Iulia et Papia Poppea.-Es la ley más importante del pueblo romano despues de las XII Tablas y establece disposiciones relativas al matrimonio y al derecho de sucesión. Tambien es conocida con el nombre Lex Iulia de maritandis ordinibus y fue propuesta por tres veces por Octavio, hasta que fue aceptada a propuesta de los cónsules M.Papio Rutilio y Quinto Poppeo Secuno y concierne a lo siguiente:
- Matrimonio
- Procreación de los hijos
- Derecho de sucesión
- El objeto que esta ley se proponía fue eludida por la circunstancia de los tiempos, más s importancia fue reconocida por los contemporáneos y por los jurisconsultos clásicos, algunos de los cuales escribieron extensos comentarios sobre ella (Terencio Clemente, Julio Mauriciano, Ulpio Marcelo, Gayo, Ulpiano, Paulo,..)
- Autores más modernos que comentaron esta ley[89]
- Algunas importantes de derecho público:
- Leyes Valeria
- Las sacrate
- La Valeria Horacio
- La Licinia Sextia
- Algunas importantes en derecho penal:
- Lex Acilia repetundarum.-Esta ley es notable por la muchas noticias que contiene acerca de la historia del derecho y establece reglas sobre el procedimiento criminal romano[92]
- Algunas leyes que dieron atribución legal a los plebiscitos, son las siguientes:
- Lex Valeria horata
- Lex Publitia
- Lex Hortensia, la cual estableció definitivamente el poder legislativo de los comicios por tribus, en detrimento de los comicios centuriados
- Las fórmulas de estas tres leyes son las siguientes: Ut quod tributim plebs iussisset populum teneret.-Ut plebiscita omnes Quirites tenerent.-Ut quod plebs iussisset omnes quirites teneret y como no difieren mucho entre si, se cree que sirvieron para lo siguiente:
- Establecieron la forma de dar validez a tres diversas especies de plebiscitos
- Otros creen que fueron otros tantos recursos contra las astucias y los pretextos alegados por los patricios para eludir la ley, repitiendo, en forma cada vez más clara , la proclamación del mismo principio (esta opinión es la más aceptable ya que los tres momentos sucesivos coinciden con importantes corrientes de la opinión pública en Roma, es especial el tercer momento que empieza con la última secessio[93]
- Lex Fufia Caninia.-Limitaba de un modo curioso, según Suetonio, el poder de dejar la libertad por testamento, disponiendo que no pudiesen ser manumitidos por acto de última voluntad más que una parte determinadad de los propio esclavos y en conjunto no más de ciento, siendo considerado como nulas las manumisiones que excedían del límite permitido (Lex Fufia Caninia iubet testamento ex tribus servis non plures quam duos manumiti, et usque ad decem dimidiam partem manumittere concedit: a decem usque ad triginta tertiam partem, ut tumen adhuc quinque manumittere liceat aque ut ex priori numero: a triginta usque ad centum quariam partem, aeque ut decem ex superioris numero libertari possint:…, Ulpiano, Reglas. I, 24)
- Para conocer el derecho municipal romano, son leyes de gran importancia las siguientes:
- Lex Agraria.-Rica en enseñanzas acerca de la varia condición jurídica de los terrenos
- Lex Salpensana.-Establece ordenanzas municipales
- Lex Malacitana.-Idem que la anterior
- Lex coloniae genetive Iuliae & Ursonensis
- Para estas leyes veáse las siguientes obras[94]
- Otras Leyes:
- Leyes de Antonio
- Leyes Arvales
- Lex de Ambitu
- Lex Bebia
- Ley de Clodo
- Lex Fabia di Plagio
- Lex Julia Theatral
- Leyes de Livio
- Leyes militares (por ejemplo se podía dar el hecho de que un soldado romano pidiese el cambio de su legión a otra, alegando odio del Tribuno Comandante)[95]
- Lex Opppia
- Lex Optima
- Lex De Nexis
- Ley De Peculado
- Lex Rhodia
- Lex Licia
- Dictata et leges, lecciones y reglas por escrito que el lanista daba para su enseñanza a los gladiadores nuevos, a las que llamaban commentari (Cic., “De Orat.”, III, 23. Dicho de los gladiadores: ¿Para que sirve detenerse en el camino de la sabiduría?; ¿ Por ventura no hemos nacido para seguir siempre adelante?, Id. Ep. 57).
Gloriana Mora, estudiante de artes plásticas de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica. Contacto: gmora3158@hotmail.com